Representación fiscal para herederos internacionales con activos en España.
Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR)
Poseer inmuebles en España como no residente genera obligaciones fiscales anuales (Modelo 210) que a menudo se pasan por alto tras una herencia.
Actuamos como sus representantes fiscales ante la Agencia Tributaria, asegurando que sus declaraciones estén al día y evitando recargos innecesarios. Especialmente crítico para herederos en la UE y países extracomunitarios.
Servicios inmobiliarios
Soluciones jurídicas para todas las fases de la operación inmobiliaria, tanto para herederos residentes como para compradores internacionales.
Venta de inmueble heredado
Gestión integral de la venta de inmuebles heredados: verificación registral, coordinación notarial y asesoramiento sobre IRPF y plusvalía municipal.
Compraventa para no residentes
Asesoramiento específico en operaciones transfronterizas: obtención de NIE, retenciones aplicables a no residentes e implicaciones del IRNR en la compraventa.
Inscripción registral post-herencia
Actualización del Registro de la Propiedad tras la adjudicación hereditaria. Inscripción de la escritura de partición y liquidación de impuestos asociados.
Due diligence jurídica
Revisión jurídica completa del inmueble antes de la compraventa: cargas, hipotecas, servidumbres, comunidad de propietarios y situación urbanística.
Consulta sobre su operación inmobiliaria
Indíquenos qué tipo de gestión necesita y nos ponemos en contacto con usted.
¿Qué incluye este servicio?
Preguntas frecuentes
¿Tengo que declarar si el piso está vacío?
Sí, el Impuesto sobre la Renta de No Residentes se aplica incluso sobre inmuebles de uso propio que no estén alquilados, basándose en el valor catastral.